El exministro de Desarrollo Social Abel Di Luca fue exonerado de la administración pública de Neuquén. Está condenado por administración fraudulenta en la causa Planes Sociales y, al mismo tiempo, fue sobreseído en el expediente de la Cooperativa Viento Sur por el supuesto desvío de fondos. La exoneración es la sanción más grave del régimen disciplinario y le impide volver a ocupar un cargo en el Estado.
La medida se conoció un día después de su sobreseimiento en Viento Sur, pero el decreto llevaba casi un mes guardado: fue firmado el 8 de septiembre y recién se publicó en el Boletín Oficial el 6 de octubre. El Decreto 1332 no lleva la firma del gobernador Rolando Figueroa, sino la de la vicepresidenta primera de la Legislatura, Zulma Reina, en ejercicio del Poder Ejecutivo, ya que Figueroa le había delegado el Gobierno mediante el Decreto 1330, en los términos del artículo 206 de la Constitución Provincial. El ministro de Seguridad, Matías Nicolini, refrendó la norma.
Los fundamentos de la exoneración
Di Luca era de planta permanente del Ministerio de Seguridad. En 2024 se le instruyó un sumario administrativo y se dispuso su suspensión preventiva con retención de haberes; al ser citado a declarar, el 10 de julio de ese año, se abstuvo. La investigación concluyó que, entre diciembre de 2019 y octubre de 2022, como subsecretario y luego como ministro, tuvo una intervención “determinante” en la aprobación, validación y sostenimiento de un circuito irregular de pagos por el que se desviaron fondos destinados a personas en situación de vulnerabilidad.
Según el sumario, no se trató de maniobras aisladas, sino de un funcionamiento coordinado entre distintas áreas, “cuyo cierre dependía exclusivamente de la aprobación del sumariado”. La Junta de Disciplina describió el mecanismo: se inscribía a beneficiarios del subsidio por desocupación y el dinero quedaba en poder del grupo. “Se entregaba una mínima parte a los beneficiarios, que eran una verdadera pantalla o excusa para que los partícipes puedan apoderarse de los fondos públicos”, consignó. El perjuicio al Estado se estimó en $153.377.900 entre septiembre de 2020 y julio de 2022, de los cuales $125.412.400 correspondieron a tarjetas de débito y $27.965.500 a cheques.
La Junta recomendó por unanimidad la exoneración, que el decreto fundamenta en la falta grave, el incumplimiento intencional de órdenes legales y la “notoria indignidad moral”.
La situación en la causa Planes Sociales
En sede penal, Di Luca fue declarado responsable de administración fraudulenta agravada. El 29 de diciembre de 2025, el Tribunal de Juicio le impuso cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. La Fiscalía impugnó el fallo y el fiscal jefe Pablo Vignaroli obtuvo la revocación de la absolución por asociación ilícita para los doce condenados. El 20 de agosto de 2026, el Tribunal de Impugnación condenó a Di Luca como jefe de esa asociación ilícita, en concurso real con la defraudación, dejó sin efecto la pena y ordenó un nuevo juicio de cesura. Las defensas recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia y el juez Pablo Encina rechazó suspender la cesura. La sentencia no se encuentra firme.
El sobreseimiento en Viento Sur
La causa Viento Sur investiga supuestos desvíos por $1.208 millones transferidos a la cooperativa mediante un programa de capacitación para organizaciones sociales, creado por el Decreto 1672 de agosto de 2022, firmado por el entonces gobernador Omar Gutiérrez y refrendado por Di Luca. El lunes 5 de octubre, la jueza de Garantías Natalia Pelosso sobreseyó a Di Luca y a su sucesor, Germán Chapino. Solo el referente de la cooperativa, Diego Mauro, irá a juicio, mientras el resto de los imputados accedió a la suspensión del juicio a prueba.
La magistrada calificó la acusación como “una especie de gran bolsa de gatos”, sostuvo que los fondos llegaron a los sectores más humildes y que nadie se enriqueció, y consideró que los exministros solo refrendaron un decreto cuya voluntad política correspondía al gobernador. También descartó la acusación por falta de control, al señalar que los informes desfavorables de la Contaduría no se notificaban personalmente al ministro. Vignaroli anticipó que apelará y el sobreseimiento deberá ser revisado por el Tribunal de Impugnación antes de quedar firme.
El decreto ordena notificar a Di Luca y a la Unidad Fiscal de Delitos Económicos, y remitir copia a la Fiscalía de Estado. La exoneración rige desde la notificación y puede ser recurrida en sede administrativa.


