Los trabajadores estatales de los municipios y comisiones de fomento de Neuquén tienen una nueva pauta salarial. Este jueves, el Gobierno provincial suscribió con los representantes de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) el acta que establece el aumento salarial para los agentes de los municipios de segunda categoría que no están incluidos en el régimen de coparticipación provincial y las Comisiones de Fomento.
Respecto del acuerdo firmado previamente para la administración central, el gobernador Rolando Figueroa había expresado que se trataba del mayor esfuerzo que la provincia puede realizar y, según sus palabras, el mejor acuerdo salarial vigente en todo el país. En esa misma línea se desarrolló el nuevo acuerdo para el resto de los trabajadores y las trabajadoras de las Comisiones de Fomento encuadrados en la Ley 3373, Anexo II, y los gobiernos locales mencionados, que regirá hasta julio de 2027.
Por el Ejecutivo provincial estuvieron presentes la secretaria de Hacienda y Finanzas, Carola Pogliano; el subsecretario de Recursos Humanos, Juan González López, y la directora de Relaciones Laborales del Sector Público, Natalia Puppio. En representación de ATE participaron el secretario general Carlos Quintriqueo y la secretaria adjunta, María José García Crespo.
Un salario mínimo equiparado a la canasta básica
Entre los puntos salientes, el acuerdo establece un salario líquido mínimo de $1.100.000 a partir de agosto, equiparándolo al valor estimado de la canasta básica total. También plantea una actualización salarial por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el período comprendido entre julio de 2026 y junio de 2027, con actualizaciones que se aplicarán en octubre de 2026 (según el IPC de julio, agosto y septiembre de ese año), enero de 2027 (con el IPC de octubre, noviembre y diciembre de 2026), abril de 2027 (con el IPC de enero, febrero y marzo de 2027) y julio de 2027 (con el IPC de abril, mayo y junio de ese año).
Las variaciones del IPC a aplicar en cada una de estas actualizaciones se calcularán como una media ponderada, tomando el 50% del IPC elaborado por la Dirección Provincial de Estadística y Censos de Neuquén y el 50% del IPC elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) a nivel nacional.
Sumas extraordinarias y aumentos adicionales
Además de la actualización trimestral, se incorporaron dos sumas extraordinarias, de carácter no remunerativo y no bonificable: la primera, de $410.000, a abonarse durante la segunda quincena de septiembre de 2026; y la segunda, de $480.000, a pagarse durante la segunda quincena de enero de 2027. Ambas sumas serán extensivas al sector pasivo, en las proporciones previstas por la ley vigente.
Según consta en el acta firmada, se aplicará además un incremento salarial adicional del 4% en los haberes de noviembre de 2026, calculado sobre los sueldos ya actualizados de octubre de ese año, y luego se sumará un nuevo incremento del 3% en los haberes de enero de 2027, sobre los sueldos ya actualizados correspondientes a ese mes.
Compensación por ropa de trabajo y otros beneficios
El acuerdo también contempla una compensación por ropa de trabajo, que se abonará en dos cuotas manteniendo el mecanismo de actualización por la variación del IPC ponderado, considerando para el primer pago de 2027 la recomposición del 7% establecida en los incrementos adicionales previstos. Asimismo, se estableció la actualización por IPC para las asignaciones familiares correspondientes a los trabajadores municipales, y se acordó abonar a partir de agosto de 2026, en concepto de refrigerio, un monto de $110.228 para todos los trabajadores y trabajadoras alcanzados por este nuevo acuerdo salarial.


